BANCA PERSONAL

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CUENTAS:

Cuentas de ahorro a la vista: Cuenta destinada al ahorro de personas naturales cubanas y extranjeras, tanto en moneda nacional como en moneda libremente convertible. Puede abrirse por un solo titular (individuales) o por más de uno. En este último caso pueden ser Indistintas (los titulares pueden operar por separado) o Conjuntas (se necesita la presencia conjunta de los titulares para operar). Se pueden operar por libreta de ahorro o tarjeta magnética.

Condiciones mínimas:
• Depósito inicial: 50,00 CUP o 50,00 CUC
• Depósitos/Extracciones: 1.00 CUC/Sin límite
• Saldo mínimo: 50,00 CUP/50,00 CUC.

Intereses:
• Tasa anual del 0,5%.

Documentación: Documento de identidad, formulario de solicitud y firma del contrato de adhesión

Cuentas de ahorro de formación de fondos: Cuenta destinada a personas naturales cubanas asociadas a un centro de pago vinculado a la sucursal donde se abre la cuenta. Consiste en la realización de descuentos mensuales de nómina en importes acordados con el cliente para engrosar una cuenta de ahorro. Este tipo de cuenta solo será individual.

Condiciones mínimas:
• Apertura: 20,00 CUP.

En las cuentas asociadas a libretas podrán realizar hasta cinco (5) extracciones, cerrándose la cuenta en la quinta extracción. Para ello se considerará un año natural, a partir de la fecha de apertura de la cuenta.
En las cuentas asociadas a tarjetas magnéticas, al realizar más de cuatro (4) extracciones o pagos en el periodo de un año en el momento en que se realice el quito débito, se modificará la tasa de interés de un 2,0% a un 0,5 %, durante 180 días (6 meses).

Intereses:
Se aplicará una tasa del 2,0 % anual con una bonificación del 2,0% si no se han realizado extracciones en los 12 meses anteriores.

Documentación: Documento de identidad, formulario de solicitud y firma del contrato de adhesión

Depósitos a plazo fijo: Cuenta destinada a personas naturales cubanas y extranjeras, tanto en moneda nacional como en moneda libremente convertible. Constituye un compromiso entre el cliente y el banco para ahorrar en plazos determinados (3, 6, 12, 24, 36 y 60 meses). La extracción del importe antes del plazo fijado implica una penalización. Pueden ser individuales, indistintas o mancomunadas.

Condiciones mínimas de apertura:
• Moneda Nacional (CUP): 100,00 CUP.
• Moneda libremente convertible (CUC): 200,00 CUC.
• Se pagarán los intereses una vez cumplido el plazo.

Intereses:
• Se pagarán los intereses una vez cumplido el plazo. Si se cierra la cuenta antes del plazo acordado no se pagan los intereses del plazo no transcurrido.
• De no presentarse el cliente el día del vencimiento se prorroga por igual plazo e importe, teniendo en cuenta la condición pactada en el contrato.

Documentación: Documento de identidad, formulario de solicitud y firma del contrato de adhesión

Certificados de depósitos: Depósito a plazos dirigido a personas naturales cubanas y extranjeras, tanto en moneda nacional como en moneda libremente convertible. Se emite un Certificado de depósito, el cual puede ser negociado y transferido a otra persona antes del plazo en caso de necesitar liquidez sin cancelar el contrato de depósito subyacente. Constituye un compromiso entre el cliente y el banco para ahorrar en plazos determinados (3, 6, 12, 24, 36 y 60 meses). La extracción del importe antes del plazo fijado implica una penalización. Pueden ser individuales, indistintas o mancomunadas.

Condiciones mínimas de apertura:
• Moneda Nacional (CUP): 100,00 CUP.
• Moneda libremente convertible (CUC): 500,00 CUC.

Documentación: Documento de identidad, formulario de solicitud y firma del contrato de adhesión.

Depósitos a plazos fijos con pago adelantado de intereses: Depósito a plazos dirigido a personas naturales cubanas en moneda nacional. Constituye un compromiso entre el cliente y el banco para el ahorro en un plazo de 72 meses. Opera con un certificado de depósito no negociable. El cliente tiene la posibilidad de cobrar los intereses por anticipado una vez transcurrido al menos un año de formalizado el depósito. La extracción del importe antes del plazo fijado implica una penalización, y si cobro intereses de algún año se le rebaja del principal. Pueden ser individuales, indistintas o mancomunadas.

Condiciones mínimas de apertura: Moneda Nacional (CUP): 1000,00 CUP.

Intereses:
• Se pagarán una vez cumplido el plazo o de manera anticipada, si el cliente lo solicita.
• Si se cierra antes del plazo acordado no se pagan los intereses del plazo no transcurrido.
• De no presentarse el cliente el día del vencimiento se prorroga por igual plazo e importe.

Documentación: Documento de identidad, formulario de solicitud y firma del contrato de adhesión.

FINANCIAMIENTOS:

Créditos para acciones constructivas: Financiamientos para personas naturales cubanas, destinados a la compra en la red comercial de materiales de construcción y el pago de mano de obra. Se otorgan en moneda nacional pero permite disposiciones de efectivo en CUC al tipo de cambio vigente para compras en tiendas. Las modalidades a utilizar serán crédito simple y línea de crédito.

Condiciones mínimas:
• Importe mínimo: 1.000,00 CUP.
• Importe mensual mínimo a pagar: 50,00 CUP.

Garantías:
Se aceptan las garantías incluidas en la legislación vigente.

Documentación: Documento de identidad, formulario de solicitud y firma del contrato de adhesión.

Créditos para la compra de equipos de cocción: Financiamientos para personas naturales cubanas, destinados a la compra en la red comercial de equipos de cocción de alimentos. Se otorga en moneda nacional. La modalidad a utilizar será la línea de crédito.

Condiciones mínimas:
• Importe mínimo: 300,00 CUP.
• Importe mensual mínimo a pagar: 30,00 CUP.
• Plazo máximo de liquidación: 5 años (60 mensualidades)

Garantías:
• Para importes menores a 5.000,00 CUP se acepta un fiador solidario que pueda cubrir las mensualidades.
• Se aceptan otras garantías incluidas en la legislación vigente.

Documentación: Documento de identidad y formulario de solicitud.

Transferencias de fondos: El Banco de Crédito y Comercio transfiere fondos por orden de sus clientes hacia otras sucursales de Bandec u otros bancos, en beneficio del propio cliente o de otras personas, tanto en CUC como en CUP. Las mismas pueden imponerse a través de depósitos de efectivo o desde una cuenta del cliente y se tramitarán por teléfono, correo ordinario o electrónico o por banca remota, según las preferencias del cliente. No existen límites de importes.

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