El próximo sábado 18 de enero, convocados por el Consejo de Estado, 895 delegados pinareños agrupados en las once Asambleas Municipales del Poder Popular, elegirán, a propuesta del presidente de la República, al gobernador y vicegobernador de Pinar del Río.
De acuerdo con la Ley Electoral cubana se establece los procedimientos para la elección de Gobernadores y Vicegobernadores, la cual se celebrará cada cinco años, el mismo día y hora en todo el territorio nacional, en la fecha que determina el Consejo de Estado, que a su vez lo informa al Consejo Electoral Nacional.
El artículo 240 reza que los delegados a las asambleas municipales del Poder Popular se reúnen por derecho propio constituidos en colegios electorales en la fecha fijada, en el local que se acuerde, para elegir, mediante el voto libre, igual, directo y secreto, a ambos funcionarios, que esta vez será el sábado venidero.
Aunque en su última sesión – el pasado sábado 11- como órgano la Asamblea Provincial recesó, se mantiene en sus funciones hasta tanto tomen posesión de sus cargos el gobernador, el vice y el Consejo Provincial, según establece la disposición transitoria Cuarta de la Ley Electoral.
En el artículo 252.1 se establece que los elegidos tomarían posesión de sus cargos ante el representante del Consejo de Estado designado al efecto, en la fecha fijada por este, dentro del término de los veintiún (21) días siguientes a su elección.
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