Modificaciones del Sistema de Relaciones Financieras

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utilidades

 

Como parte de las medidas aprobadas para el fortalecimiento de la Empresa Estatal Socialista, la Gaceta    Oficial No. 51 Ordinaria, de 7 de mayo de 202, publicó la Resolución No. 124/2021: “Procedimiento para el Sistema de Relaciones Financieras entre las empresas estatales, las sociedades mercantiles de capital ciento por ciento (100%) cubano y las organizaciones superiores de dirección empresarial, con el Estado”, del Ministerio de Finanzas y Precios.

Las principales modificaciones a este sistema de relaciones financieras que regula la Resolución 124/2021 son:

   1. La n orma en su capítulo III, sec­ción quinta precisa que la distribución de las utilidades a los trabajadores se realiza sin lími­tes en la cantidad de salarios medios mensuales de lo percibido en el año; los gastos planifica­dos y no ejecutados que estén vinculados direc­tamente a la eficiencia empresarial no pueden ser distribuidos como parte de las utilidades; y estas se pagan en pesos cubanos.

2. Requisitos a cumplimentar por las entidades para tener derecho al pago por la distribución de utilidades:

3. Regula nuevos destinos de las utilidades retenidas: (Artículo 26.1)

  1. Aportan el Rendimiento de la Inversión Estatal. (Art. 12.1)

Resolución 124 de 2021 MFP y Modelos de DJ 06 Ingresos no tributarios

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