Con el objetivo de estimular las producciones exportables y el encadenamiento productivo en función de la exportación de bienes y servicios, el Ministerio de Finanzas y Precios, puso en vigor la Resolución # 222 del 27 de agosto del 2020, la que aprobó un grupo de beneficios e incentivos fiscales dirigidos a las empresas estatales, sociedades mercantiles de capital ciento por ciento cubano, empresas mixtas, contratos de asociación económica internacional, cooperativas, trabajadores por cuenta propia y otras personas naturales autorizadas a producir bienes o prestar servicios con destino a la exportación, que incluye las exportaciones en plaza y las ventas a los usuarios o concesionarios de la Zona Especial de Desarrollo Mariel; así como para las empresas o agencias que prestan el servicio de exportación y no son productoras de los bienes o prestadoras de los servicios exportables.

A partir de la evolución epidemiológica del coronavirus COVID-19, la provincia de Pinar del Río ha puesto en práctica un Plan de Medidas aprobado por el Gobierno para prevenir y enfrentar la enfermedad. Con el inicio de la segunda fase de recuperación el día tres de Julio, el Ministerio de Finanzas y Precios publicó la Resolución No. 200, de 29 de julio de 2020, en sus disposiciones generales la norma establece que los trabajadores por cuenta propia que estuvieron suspendidos de ejercer su actividad por el órgano rector en los meses de marzo a junio por causas asociadas a la COVID-19, durante este período solo están obligados al pago de la Contribución Especial a la Seguridad Social, autorizando un aplazamiento de 180 días naturales, sin exigir intereses moratorios.

La Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) en la provincia de Pinar del Río, hace un llamado a los contribuyentes sobre el vencimiento del término voluntario del pago de tres de los tributos comprendidos en la Ley 113 del 2012 del Sistema Tributario, ellos son: Impuesto sobre el Transporte Terrestre; Impuesto sobre la propiedad o posesión de Embarcaciones y la Contribución Especial a la Seguridad Social para los Usufructuarios de Tierras.