Constituye un requisito indispensable para el otorgamiento y permanencia en un círculo infantil que la madre sea una trabajadora activa. Igual puede ser beneficiado el padre o tutor que trabaja y ejerza la guarda y cuidado del menor.
El Consejo de la Administración en cada municipio determina todos los años en el mes de mayo los sectores que requieren ser priorizados en el otorgamiento, en correspondencia con las necesidades del desarrollo económico y social de cada territorio.
Los representantes de cada sector priorizado son los responsables de que su organismo proponga las personas a beneficiar según la relación de solicitudes en correspondencia con las capacidades asignadas a cada uno y es el responsable de llevar las propuestas a la reunión mensual de la comisión de otorgamiento de matrícula que es donde se aprueban las capacidades otorgadas.
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