Generaliza la Secundaria Básica procedimiento de atención a la población

 

“La atención a la población es la mayor muestra de calidad y excelencia en el servicio educacional”  

El tratamiento a la temática atraviesa por el sistema de intervención que dirige el nivel educativo Secundaria Básica en la provincia Pinar del Río para elevar los resultados en el Proceso sustantivo Fortalecimiento de la ética de los cuadros y trabajadores, a partir de que es una debilidad los adecuados métodos y procedimientos para la atención que se ofrece a la información que emana del vínculo con los diferentes agentes educativos involucrados con la institución educativa del nivel en cuestión.

Es válido exponer que el basamento legal que rige la atención a la población se fundamenta en el reconocimiento en la Constitución de la República en su Capítulo 7, artículo 63 y cito “Todo ciudadano tiene derecho a dirigir quejas y peticiones a las autoridades y a recibir la atención con respuestas pertinentes y en plazo adecuado conforme a la ley”. En el sistema de trabajo con los cuadros del estado y del gobierno Decreto Ley 196/99 en su artículo 6 de los deberes de los cuadros, inciso g plantea “garantizar que su colectivo de dirección y personalmente él presente atención y brinden una adecuada respuestas y quejas de la población”, lo que se contextualiza en el MINED a través de la RM 100/2014.

PROCEDIMIENTO PARA LA ATENCIÓN A LA POBLACIÓN.
1-Determinar una sesión de trabajo en el Plan individual para la atención a la población.
• Dedicar 4 horas mínimo para la atención a la población.
• Divulgar en lugar visible el día de atención a la población.
¿Cómo desarrollar la sesión de trabajo de atención a la población en la DPE y DME por el Jefe de departamento?
• Crear las condiciones de privacidad y seguridad para que la población pueda plantear sus inquietudes o satisfacciones.
• Se le solicita que expresen cuál es el objetivo de su presencia en la DPE
• Durante la emisión o recepción de la queja, denuncia o peticiones no se interrumpirá a las personas, a no ser para esclarecer alguna cuestión que esta enuncie y quede en dudas o ambigüedades.
• Se procede a explicaciones, argumentaciones si fuese producto a desconocimiento de la base legal y reglamentaria.  Por parte del promovente.
• Se clasifica en queja, denuncia o solicitud teniendo en cuenta si es problemas pedagógicos, problemas organizativos o problemas de recursos materiales.
• Se recoge la información recibida en el registro de quejas y denuncia del jefe de departamento según modelo estipulado.
• Se define si es necesario realizar un proceso investigativo.
• Se conforma la comisión que realizará la investigación y se realizará la preparación previa.
• Se elabora un plan de actividades para la realización de la investigación
• Estudio del caso por la comisión
• Elaboración de los instrumentos
• Determinación de las personas a entrevistar, los documentos a revisar.
• Se procede a constatar la veracidad o no de la información recibida, el grado de información del metodólogo que atiende el municipio, la DME y el centro, así como las causas que generaron la queja.
• Se despacha con el equipo de inspección para la recepción de la queja o denuncia y coordinación del inspector que integrará el equipo de investigadores si fuese necesario.  
• Visitar las DME y centros donde han ocurrido incidencias.
• Se elabora el informe conclusivo
• Se entrega al Jefe de departamento el informe para su revisión y aprobación.
• Se define el día que debe presentarse en la DPE el promovente para recibir respuesta de su queja o denuncia.
• Mantener el seguimiento a la situación hasta que se adopten todas las medidas desde la provincia a la escuela y/o DME.

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