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Prevención sicopedagógica y la trata de Personas.

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índiceLas Naciones Unidas en su Informe anual sobre la trata de personas de 2016 reconoció que “La trata de personas con fines de explotación sexual y trabajos forzados continúan siendo las modalidades más detectadas de este delito. Sin embargo, existen también víctimas de trata de personas con fines de explotación de la mendicidad, matrimonios forzados o fraudulentos, obtención de beneficios públicos, o pornografía" (UNODC, 2016).

 A su vez, destacó la naturaleza de género del delito señalando que mientras mujeres y niñas tienden a ser víctimas de trata de personas con fines de matrimonios forzados o explotación sexual; hombres y niños son explotados con fines de trabajos en la industria minera, como maleteros, soldados o esclavos. Cómo dato interesante recalcó que en países de América Latina y el Caribe el 64% de las víctimas son niñas y niños.

La propia Organización de las Naciones Unidas reconoce a la trata como la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso  de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, a la  abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación.

De tal forma, el delito de trata de personas implica:
• Uso de la fuerza. (ya sea física o de dependencia con respecto al comisor).
• Limitación de los derechos como persona (libertad, libre movilidad, capacidad de decisión etc.)
• Limitación de los derechos como ciudadano (retiro de los documentos legales de identificación para lograr dependencia)
• Realización o participación en actividades en contra de la voluntad de la víctima (sexual, laboral, militar, de transporte de droga, trabajos forzados etc.).
• Amplia contextualización para su realización por el lugar y por el infractor (desde zonas peligrosas o extra-fronteras hasta las zonas comunes y cotidianas, tal como lo reconoce nuestro Código Penal al señalar (art. 302.2).
 
La sanción es de privación de libertad de diez a veinte años cuando…….concurra alguna de las circunstancias siguientes:
a) si el inculpado, por las funciones que desempeña, participa en actividades relacionadas, de cualquier modo, con la protección de la salud pública, el mantenimiento del orden público, la educación, el turismo, la dirección de la juventud o la lucha contra la prostitución u otras formas de comercio carnal;
b) si en la ejecución del hecho se emplea amenaza, chantaje, coacción o abuso de autoridad, siempre que la concurrencia de alguna de estas circunstancias no constituya un delito de mayor gravedad;
c) si la víctima del delito es un incapacitado que esté por cualquier motivo al cuidado del culpable.

Lo repudiable del hecho se recrudece ante las víctimas menores de edad. Su propia naturaleza infantil los hace vulnerables a ser  sometidos o proclives a estos hechos sobre todo si provienen de hogares disfuncionales o sin el cuidado necesario. Algunas de las señales más comunes y que deben ser advertidas por maestros, padres y educadores en general son:  
• Marcas en el cuerpo inexplicables. 
• De repente rehúsa a cambiarse para el gimnasio o participar en actividades físicas.
• Experimenta un repentino cambio de apetito.
• Demuestra cambios repentinos en el comportamiento o calificaciones de la escuela.
• Tiene problemas de aprendizaje (dificultad concentrándose).
• Siempre esta vigilante, como si se estuviera preparado por si algo malo ocurre.
• Tiende a quejarse mucho, ser exigente o aislado.

Lo anterior, conlleva un necesario proceso de vigilancia y control por parte de los centros educativos a todos los niveles. La escuela como institución social, presenta características que la ubican en un lugar privilegiado para la detección, neutralización y erradicación de este delito:
• Los alumnos pasan la mayor parte del tiempo en los centros educativos.
• El medio escolar se convierte en el contexto donde el estudiante actúa con naturalidad al estar rodeado de su grupo o círculo de amigos, factor decisivo en esta etapa de la vida.
• La relación afectiva que se genera entre el alumno y los profesores.
• El proceso docente actúa como medidor de la evolución psíquica, física y educativa del estudiante.

Ante esto, las escuelas deben desarrollar planes de acciones preventivas para evitar o identificar acciones delictivas:
• Diagnóstico sicopedagógico del estudiante. Se constituye en una herramienta eficaz para la caracterización física, psicológica, familiar y comunitaria.
• Caracterización e identificación del contexto comunitario en el que se ubica la escuela: potencialidades del sector, riesgos, manifestaciones y conductas delictivas, individuos comisores o proclives a cometer delitos contra el normal desarrollo de las relaciones sexuales de menores y adolescentes.
• Capacitación a docentes y trabajadores.
• Integración y cooperaciones con las organizaciones sociales y políticas presentes en la comunidad.

Todo lo anterior constituye los insumos imprescindibles para la creación, planificación e instrumentación de estrategias de intervención educativas efectivas que favorezcan el desarrollo pleno de los niños y adolescentes de nuestro país.

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