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- Ricardo Rodríguez González
- Los Palacios
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La Ley 113 Del Sistema Tributario en el Libro quinto, el artículo 359, establece los tributos a los cuales están obligados tanto las personas naturales como las jurídicas dedicadas a la actividad agropecuaria que se han venido aplicando paulatinamente y siempre con una carga tributaria menos gravosa que el resto de los sectores.
La Ley 125 del Presupuesto del Estado para el año 2018, pone en vigor dos nuevos tributos para el sector agropecuario: el Impuesto por la ociosidad de tierras agrícolas y forestales y la presentación de Declaración jurada del impuesto sobre los ingresos personales para los productores agropecuarios individuales del sector no cañero.
En fecha reciente tuvo lugar el Balance de la Sección Sindical de la Unidad Empresarial de Base número 2 de la Empresa Provincial de Servicios Legales de Pinar del Río el que se llevó a cabo con la participación