SOBRE LA INSCRIPCION DE LAS DEFUNCIONES EN LOS REGISTROS DEL ESTADO CIVIL III
- Evelyn Labrador
- Justicia
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En el caso de cubanos fallecidos en el extranjero la inscripción se practicará en la oficina registral que corresponda, a cargo de los funcionarios consulares o diplomáticos de Cuba en el extranjero y, en su defecto, en el Registro Especial del Estado Civil del Ministerio de Justicia.