Con el objetivo de contribuir a evitar la movilidad, la cual constituye medida imprescindible para frenar el contagio, en las actuales condiciones de enfrentamiento a la COVID-19, el Ministerio de Finanzas y Precios, dictaminó mediante la Resolución # 368 de la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 77 de este año, una prórroga  para las obligaciones tributarias de las personas naturales correspondientes a los meses de junio y julio de 2021, las cuales fueron aplazadas hasta el próximo 30 de septiembre.

La Resolución 338/2021 establece que las personas naturales, podrán excluir del cálculo y pago de los impuestos sobre las Ventas o sobre los Servicios y sobre los Ingresos Personales, los ingresos obtenidos en la comercialización de bienes o servicios en función de las necesidades prioritarias para crear condiciones y atender a los pacientes y a la población afectada por la COVID-19, en el pico pandémico, cuando estos no se correspondan con las actividades que habitualmente realizan.

Un nuevo escenario se configura en Cuba para el emprendimiento del sector privado, recientemente fueron  publicadas en  la edición ordinaria No. 94, de 19 de agosto de 2021 de la Gaceta Oficial de la República de Cuba, las normas legales para el ordenamiento de los actores económicos. Estas normas tienen como objetivo, ratificar las cargas tributarias ya diseñadas para los actores económicos existentes y diseñar la adecuada para las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES), cumpliendo con el principio general de que quien más ingresos genere más aporte.

En la edición ordinaria No. 94, de 19 de agosto de 2021 de la Gaceta Oficial de la República de Cuba fueron publicadas las normas jurídicas que regulan el perfeccionamiento para el Trabajo por Cuenta Propia (TCP); las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYMES) y las Cooperativas No Agropecuarias (CNA).