Como parte de las medidas aprobadas para el fortalecimiento de la Empresa Estatal Socialista, la Gaceta    Oficial No. 51 Ordinaria, de 7 de mayo de 202, publicó la Resolución No. 124/2021: “Procedimiento para el Sistema de Relaciones Financieras entre las empresas estatales, las sociedades mercantiles de capital ciento por ciento (100%) cubano y las organizaciones superiores de dirección empresarial, con el Estado”, del Ministerio de Finanzas y Precios.

Las principales modificaciones a este sistema de relaciones financieras que regula la Resolución 124/2021 son:

Por disposicion del Ministerio de Finanzas y Precios mediante la Resolución No.118 de 2021 fue aplazado el término de presentación de la declaración jurada sobre los ingresos personales -DJ-08 y DJ-12-  hasta el 31 de mayo del presente año  

Cerró presentación de Declaración Jurada sobre Ingresos Personales

en los municipios con situación crítica de movilidad y aislamiento debido a la COVID-19.

El próximo 29 de junio se conmemora el Aniversario 26 de la creación de la Oficina Nacional de Administración Tributaria- ONAT, por esa razón ha sido lanzada oficialmente la convocatoria al Fórum Tributario Nacional 2021 por el Centro de Estudios de la Oficina Nacional de la Administración Tributaria (ONAT), la Asociación Nacional de Economistas y Contadores de Cuba (ANEC) y el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Administración Pública (SNTAP).

El lanzamiento del Forum Tributario forma parte del conjunto de actividades que realiza la ONAT en saludo al aniversario 26 de su fundación el próximo 29 de junio, este evento de alcance nacional y carácter competitivo es muy importante para la ONAT y los contribuyentes, pues su objetivo principal consiste en incentivar la búsqueda de soluciones innovadoras a las dificultades detectadas en la gestión de la administración tributaria, resumidas en su banco de problemas que ya ha dado lugar a 14 proyectos de informatización, investigación y desarrollo definidos para el año 2021.

 Como parte de las medidas inmediatas para potenciar la producción de alimentos en el país, el pasado 14 de Mayo, fue publicada la Resolución # 171 de 2021 del Ministerio de Finanzas y Precios, relacionada con la bonificación en el pago del Impuesto sobre los Ingresos Personales a los productores agropecuarios individuales, incluidos los del sector cañero, consistente en la aplicación de un tipo impositivo del 2 % para el cálculo y pago del aporte mínimo por las ventas realizadas a entidades acopiadoras y comercializadoras.

La norma, publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 43 del 14 de mayo de 2021 establece que:

 Las entidades acopiadoras y comercializadoras, les retendrán (o sea le descontarán) a los productores agropecuarios como impuesto el 2% de los ingresos –en lugar del 5%–, por las ventas que estos realicen a través de ellas y serán las encargadas de aportar dicho importe al Presupuesto del Estado.