El Presupuesto del Estado para el año 2021 responde al primer año de la implementación del ordenamiento monetario en el país, proyectándose restricciones en los ingresos de las principales actividades económicas. Para mantener la gestión de cobro de los ingresos tributarios y no tributarios, es necesario que las entidades estatales quienes tienen el mayor peso en los ingresos del Presupuesto del Estado, cumplan con el pago correcto y oportuno de sus obligaciones tributarias.

Tres nuevas actividades del sector de la cultura son incorporadas en la DJ-08 Excel que no estaban dentro de las que podían escogerse en lista desplegable ubicada en la Casilla 10, columna: Actividades Concepto, Código-Nombre, se incorporaron a la DJ-08 Excel, conocida herramienta informática que ayuda a llenar la declaración jurada y calcular el Impuesto sobre los Ingresos Personales.

 

¿En qué parte del modelo DJ-08 se colocará las bonificaciones (5% y 3%) correspondientes al pago de los tributos del año fiscal 2020?

Con la presentación de la Declaración Jurada (DJ) del Impuesto sobre los Ingresos Personales una de las interrogantes más formuladas por los contribuyentes a la Oficina Nacional de Administración Tributaria- ONAT, es precisamente como descontarse los beneficios otorgados a la hora de pagar los tributos como efecto de la compleja situación epidemiológica creada por la pandemia de COVID 19 en el país en el año 2020 y aquellos que realizaron los aportes mediante los canales electrónicos como, Transfermovil, Telebanca, los cajeros automáticos, la Banca Remota tanto del Banco de Crédito y Comercio (BANDEC) como del Banco Popular de Ahorro (BPA).

La Resolución No. 310 del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP), publicada en la Gaceta Oficial No.70 Extraordinaria de 2020, establece la aplicación del Impuesto sobre los Ingresos Personales y la Contribución Especial a la Seguridad Social de los trabajadores asalariados. Después del aumento salarial que comenzó a cobrarse en enero de 2021 los trabajadores cubanos de empresas y unidades presupuestadas pagarán uno o dos tributos en dependencia de la cuantía de las remuneraciones que perciban.

La Resolución No. 310 del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP), publicada en la Gaceta Oficial No.70 Extraordinaria de 2020, establece la aplicación del Impuesto sobre los Ingresos Personales y la Contribución Especial a la Seguridad Social de los trabajadores asalariados. Después del aumento salarial que comenzó a cobrarse en enero de 2021 los trabajadores cubanos de empresas y unidades presupuestadas pagarán uno o dos tributos en dependencia de la cuantía de las remuneraciones que perciban.

Para el cálculo de la Contribución Especial a la Seguridad Social, se realiza por todos los trabajadores para cualquier nivel de ingresos y se aplica como tipo impositivo el 5% al total de los ingresos percibidos, según registro de nóminas y es la entidad quien realiza el aporte al Presupuesto del Estado mediante el sistema de retención.