¡Importante! Campañas de Declaración y Pago de Tributos de los ejercicios fiscales 2019, 2020 y 2021

El período voluntario de pago del Impuesto sobre los Ingresos Personales en la Campaña 2020 correspondiente al ejercicio fiscal 2019 culminó el 31 de diciembre del año 2020, quienes pagaron sus tributos en la fecha sugerida se pudieron descontar el 5 % como bonificación por pronto pago, y para los contribuyentes que pagaron por los canales electrónicos se descontaron en total un 8% del importe a pagar: 5% como bonificación por pronto pago y 3% por utilizar dichos canales.

En cuanto a la Campaña 2021 correspondiente al ejercicio fiscal 2020, comienza el próximo 28 de enero, aunque antes de esta fecha quienes así lo deseen pueden presentar su Declaración Jurada sobre los Ingresos Personales, la misma se extenderá hasta el 30 de abril, con una bonificación del 5 % para quienes declaren y paguen antes del 1 de marzo, válida para los trabajadores por cuenta propia, artistas, comunicadores sociales, personal de firmas extranjeras, como también incluye al sector agropecuario.

Para este proceso los trabajadores por cuenta propia que hayan permanecido suspendidos durante seis meses o más están exentos de presentar la Declaración Jurada y para esta campaña se mantienen el mismo modelo DJ 08, con el mínimo exento de 10000 pesos, la escala progresiva y el porcentaje de gastos por grupos de actividades según la Resolución 427 del 2019 del Ministerio de Finanzas y Precios.

Igualmente se aplicarán los beneficios del 5% a quienes liquidan el tributo antes del 28 de febrero, más el 3% si lo hacen por las pasarelas electrónicas.

También se mantiene el modelo DJ 12 por el cual el sector agropecuario declara sus ingresos personales y paga el impuesto, este año inicia el 28 de enero y culmina el 30 de abril

Por último, en la Campaña de Declaración Jurada 2022 perteneciente al ejercicio fiscal 2021 será cuando se acepten el reconocimiento del descuento del 100% de los gastos en que incurra el contribuyente durante el ejercicio de la actividad– siempre que justifique el 80% de los mismos– y la aplicación del mínimo exento de 39 120.00 CUP, estipulados en el Decreto Ley No.21 de diciembre de 2020 que fue publicado en la Gaceta Oficial No.70 Extraordinaria de 2020.

Se mantienen para esa campaña la misma escala progresiva de las anteriores, así como los porcentajes de descuento de la bonificación del 5 % por pronto pago y por el 3% por el uso de los canales electrónicos.

Los modelos de declaración jurada para las campañas 2020 y 2021 tanto la DJ 08 Excel: herramienta informática que calcula el Impuesto sobre los Ingresos Personales y permite llenar la planilla, como en formato PDF se pueden obtener en la sección Descargas del Portal Tributario cubano , el apartado Modelos y Formularios, o contactando a través de las cuentas consultas@pri.onat.gob.cu

 

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