Incorporan nuevas actividades de Cultura en el sistema cibernético de ONAT
- Diana Pérez Mollinedo
- ONAT
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El pago del Impuesto sobre el Transporte Terrestre, o pago de la chapa como tambien se le dice, se mantiene igual que años anteriores para quienes pagaban en moneda nacional CUP, el cambio es para quienes aportaban el tributo en CUC, quienes tendrán que convertir a CUP el importe a pagar, teniendo en cuenta la tasa de cambio un CUC igual a 25 CUP.
El Decreto Ley 21 de 2020, publicado en la Gaceta Oficial No. 68 Extraordinaria de 10 de diciembre del pasado año, establece ahora dos grupos que para el pago de este impuesto, que grava la propiedad o posesión de vehículos de motor o tracción animal destinados al transporte terrestre.
La Resolución No. 310 del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP), publicada en la Gaceta Oficial No.70 Extraordinaria de 2020, establece la aplicación del Impuesto sobre los Ingresos Personales y la Contribución Especial a la Seguridad Social de los trabajadores asalariados. Después del aumento salarial que comenzó a cobrarse en enero de 2021 los trabajadores cubanos de empresas y unidades presupuestadas pagarán uno o dos tributos en dependencia de la cuantía de las remuneraciones que perciban.
La Resolución No. 310 del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP), publicada en la Gaceta Oficial No.70 Extraordinaria de 2020, establece la aplicación del Impuesto sobre los Ingresos Personales y la Contribución Especial a la Seguridad Social de los trabajadores asalariados. Después del aumento salarial que comenzó a cobrarse en enero de 2021 los trabajadores cubanos de empresas y unidades presupuestadas pagarán uno o dos tributos en dependencia de la cuantía de las remuneraciones que perciban.
Para el cálculo de la Contribución Especial a la Seguridad Social, se realiza por todos los trabajadores para cualquier nivel de ingresos y se aplica como tipo impositivo el 5% al total de los ingresos percibidos, según registro de nóminas y es la entidad quien realiza el aporte al Presupuesto del Estado mediante el sistema de retención.
En cuanto a la Campaña 2021 correspondiente al ejercicio fiscal 2020, comienza el próximo 28 de enero, aunque antes de esta fecha quienes así lo deseen pueden presentar su Declaración Jurada sobre los Ingresos Personales, la misma se extenderá hasta el 30 de abril, con una bonificación del 5 % para quienes declaren y paguen antes del 1 de marzo, válida para los trabajadores por cuenta propia, artistas, comunicadores sociales, personal de firmas extranjeras, como también incluye al sector agropecuario.