Consideraciones del impuesto sobre ingresos personales, según la Ley del Presupuesto del Estado en el 2019
- Diana Pérez Mollinedo
- ONAT
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Para este año el escenario viene dispuesto en la Ley 126 del Presupuesto del Estado y mediante ella se establecen las regulaciones a diferentes tributos de conformidad con lo establecido en la Ley 113 del 2012 “Del Sistema Tributario”, favoreciendo su perfeccionamiento y mejor gestión en la recaudación de los aportes.
Dentro de las principales novedades están:
IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS PERSONALES
• Se aplicará el impuesto sobre los ingresos personales, mediante la presentación de declaración jurada (DJ) por los ingresos obtenidos en el año 2019, no solamente a los trabajadores por cuenta propia, artistas, comunicadores sociales y personal que labora en las sucursales extranjeras, lo novedoso es que también se extiende la obligación de presentar la DJ a los usufructuarios de tierras agrícolas estatales y a los propietarios de tierras agrícolas, tenedores de ganado sin tierra y otros productores individuales de alimentos.
Estos últimos que se mencionó continuarán aportando además el cinco por ciento (5 %) sobre la venta de productos agropecuarios que realicen a entidades acopiadoras, aplicándose para ello el procedimiento de retención.