El próximo 29 de Junio la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) arribará a su 29 Aniversario de creación.
La Administración Tributaria es la entidad encargada de recaudar, controlar, fiscalizar, cobrar los tributos, así como organizar y dirigir las auditorias fiscales y adoptar medidas para controlar la evasión fiscal, según lo estipulado en la ley del Sistema Tributario y la Ley Anual del presupuesto, aprobadas por la Asamblea Nacional del Poder Popular de la República de Cuba, así como en toda la legislación complementaria que disponga el Ministerio de Finanzas y Precios, máxima autoridad de la Administración Tributaria en Cuba.
Durante estos años de intensa labor, la Administración Tributaria ha asumido grandes retos, con alto compromiso de trabajadores y directivos, en busca de contribuir al incremento de la eficiencia económica y el equilibrio financiero, incitando al fomento de la cultura ciudadana sobre el pago oportuno de las obligaciones contraídas con el presupuesto del Estado, siendo responsabilidad de la institución hacer cumplir la política tributaria con disciplina, llamando a, “pagar bien y en tiempo”.
El surgimiento de la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT), está respaldado por el acuerdo No 2819 de fecha 30 de Mayo de 1995 del Consejo de Ministros, y fue fundada el 29 de Junio de 1995 para hacer cumplir la primera Ley del Sistema Tributario cubano, la No 73 del 4 de Agosto de 1994, posteriormente en el año 2013 se puso en vigor La Ley 113 del Sistema Tributario concebida como mecanismo regulador de la economía y el Decreto 308, Reglamento de las normas generales y los procedimientos tributarios, que constituyen el basamento legal que sustenta el perfeccionamiento del Sistema Tributario, con arreglo a la práctica internacional, cuya esencia está, en ser un marco general de actuación y un proceso gradual flexible, según las circunstancias, en la aplicación de los Tributos establecidos.
En esta ley se dispone que la Administración Tributaria tiene como principal objetivo recaudar los ingresos para el sustento del gasto público que en Cuba se traduce en acceso gratuito a los servicios de salud, educación, formación deportiva y cultural, así como la seguridad y asistencia sociales, la ciencia, los servicios comunales y la defensa del país, entre otros, concebidos como derechos constitucionales de todos los ciudadanos.
De ahí la afirmación de que los tributos constituyen un deber social que se revierten en el bien de todos.
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