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Aplazada presentación de Declaración Juradas sobre los Ingresos Personales en Viñales Pinar del Río y Guane

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  Aplazada la DJ

 

 

Mediante la Resolución 118 del 30 de Abril, el Ministerio de Finanzas y Precios ofrece una prórroga del término de presentación de la declaración jurada (DJ) y el pago del Impuesto sobre los Ingresos Personales hasta el próximo 31 de mayo de 2021, para los municipios con medidas críticas de aislamiento y movilidad por la difícil situación creada en ellos por la COVID19, en nuestra provincia esta apazao el termino para los municipios de Viñales, Pinar del Rio y Guane, que no pudieron declarar en el término legal establecido que concluyó el pasado 30 de abril.

 

La Oficina Nacional de Administración Tributaria -ONAT, insisten en que deben continuar potenciándose, tanto el pago de los tributos mediante los canales electrónicos: Transfermóvil, Telebanca, Banca Remota y los cajeros automáticos por cuyo uso se les concede una bonificación o descuento del 3% del importe a pagar, como la entrega de la DJ en los buzones habilitados en las oficinas tributarias de todo el país.

El aplazamiento del término para declarar es aplicable a las personas naturales que lo hacen mediante la DJ-08: trabajadores por cuenta propia del régimen general de tributación que no estuvieron suspendidos por 6 meses o más en el 2020;  los artistas y creadores del sector de la cultura y su personal de apoyo, comunicadores sociales y diseñadores, los trabajadores que laboran en sucursales extranjeras y reciben gratificaciones y también comprende al Sector Agropecuario no cañero mediante la DJ-12: los usufructuarios y propietarios de tierras agrícolas, los tenedores de ganado sin tierra y otros productores individuales de alimentos.

La Oficina Nacional de Administración Tributaria- ONAT en la provincia, exhorta a todos los contribuyentes aún pendientes de presentar la declaración jurada y pagar el tributo, a que lo hagan dentro de este nuevo termino poniendo a su disposición las herramientas informáticas que les ayudan al llenado y calculo del impuesto (DJ 08 o DJ 12). Los contribuyentes que deben llenar o imprimir dos modelos: uno se entrega en el buzón, que puede ser el de cualquier oficina tributaria pues existe el mecanismo para hacerlo llegar al municipio fiscal de los declarantes y el otro modelo se queda en su poder, conservándolo por un término de 5 años.

 

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