Consideraciones del impuesto sobre ingresos personales, según la Ley del Presupuesto del Estado en el 2019
- Diana Pérez Mollinedo
- ONAT
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El Sistema Tributario en el año 2019 se caracteriza por la continuidad gradual en la aplicación de la Ley 113.
Para este año el escenario viene dispuesto en la Ley 126 del Presupuesto del Estado y mediante ella se establecen las regulaciones a diferentes tributos de conformidad con lo establecido en la Ley 113 del 2012 “Del Sistema Tributario”, favoreciendo su perfeccionamiento y mejor gestión en la recaudación de los aportes.
Dentro de las principales novedades están:
IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS PERSONALES
• Se aplicará el impuesto sobre los ingresos personales, mediante la presentación de declaración jurada (DJ) por los ingresos obtenidos en el año 2019, no solamente a los trabajadores por cuenta propia, artistas, comunicadores sociales y personal que labora en las sucursales extranjeras, lo novedoso es que también se extiende la obligación de presentar la DJ a los usufructuarios de tierras agrícolas estatales y a los propietarios de tierras agrícolas, tenedores de ganado sin tierra y otros productores individuales de alimentos.
Estos últimos que se mencionó continuarán aportando además el cinco por ciento (5 %) sobre la venta de productos agropecuarios que realicen a entidades acopiadoras, aplicándose para ello el procedimiento de retención.